
A partir de este lunes 29 de junio entró en funcionamiento el Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria (SIGIM), la plataforma digital aprobada por el Ministerio de Justicia mediante la resolución 277/2026 registrada en el Boletín Oficial.
Las partes podrán realizar acuerdos previos para la resolución de reclamos o conflictos mediante las múltiples aplicaciones y módulos especializados, interoperables entre sí. Este proceso de mediación prejudicial obligatorio está contemplado por la Ley N° 26.589; su implementación será de manera progresiva.
Dentro del artículo 3° se crea el portal de mediación en el marco del ya citado SIGIM, “como un canal específico, accesible y centralizado destinado a los particulares para el acceso a las aplicaciones correspondientes al procedimiento”. Esta herramienta de resolución participativa amplía el acceso a la justicia, “en tanto ofrece la posibilidad de arribar a soluciones a través de mecanismos basados en el diálogo”.
Un punto a destacar es la incorporación de un módulo de acceso directo para los particulares. Esto se prevé con la finalidad de consolidar una vía de interacción con el sistema y reforzar el acceso a la justicia; por eso no sólo está previsto para los mediadores intervinientes.
Las firmas electrónicas tendrán eficacia jurídica de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 25.506. Para poder actuar en la plataforma, las personas mediadoras integrantes del Registro Nacional de Mediación deberán contar con el certificado de firma digital acreditada ante la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos.
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Por Ramiro J. Ciampa Dolárd
Fuente: Palabras del Derecho
https://www.palabrasdelderecho.com.ar/articulo/6842/Poder-Judicial-de-la-Nacion-comienza-a-regir-el-sistema-de-mediacion-prejudicial-obligatorio