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Por
Silvina Bentivegna*

 

LA VIOLENCIA ECONOMICA

UN MÉTODO DE CONTROL Y COERCIÓN 

 

Introducción 

Una de las violencias que deja una huella silenciosa en la mujer es la violencia económica ya que no hace más que crear inestabilidad económica en la víctima generando que sea económicamente dependiente de su pareja, lo que lleva a limitar a largo plazo la libertad de la mujer. Quedando así atrapada en la relación con su agresor, incapaz de resistir su control, generando dependencia, sometimiento, endeudamiento, control, explotación y miedo. 

 

Concepto 

Este tipo de violencia puede ser definida como cualquier acto o comportamiento que cause un daño económico en la mujer a través de una violencia silenciosa que no deja marcas en el cuerpo de la mujer, pero sí en su psiquis, basándose en la desigualdad de género y en las relaciones de poder del hombre por sobre la mujer, implicando el control del dinero, las finanzas y los bienes. 

Normativamente la violencia económica se encuentra legislada en la ley 26.485[1], siendo pionera en la materia atento a ser la primera en incorporar este tipo de violencia en la Argentina; su art. 5º estipula que “Quedan especialmente comprendidos en la definición del artículo precedente, los siguientes tipos de violencia contra la mujer: (…) 4º Económica y patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de: a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo…” De la lectura de este artículo podemos ver como la violencia económica es otra de las violencias que no deja un moretón en la piel de la mujer siendo otro de los abusos psicológicos ejercidos por el agresor. Este tipo de maltrato silencioso, genera en la mujer a) dependencia, sometimiento, endeudamiento, control, explotación, miedo. 

Las mujeres en relaciones heterosexuales se ven afectadas de forma desproporcionada por la violencia económica. Los resultados de una encuesta a nivel de la UE sobre la violencia contra la mujer revelan que una media del 12 % de las mujeres en la UE han sufrido abusos relacionados con la violencia económica por parte de su pareja desde los 15 años[2].

Conforme la estadística de Surviving Economic Abuse (SEA)[3] 1 de cada 6 mujeres en el Reino Unido ha sufrido abuso económico por parte de su pareja actual o anterior. En el 2025 el 4,2 millones de mujeres del Reino Unido sufrieron abuso económico por parte de su pareja actual o anterior. Las mujeres jóvenes, las mujeres con discapacidad, las mujeres negras, asiáticas y de otras minorías étnicas, y las madres sufren esta forma de abuso doméstico con tasas alarmantemente altas y son las que sufren el mayor daño. El 67 % no pudo identificar el abuso financiero hasta después de buscar apoyo profesional. Las víctimas-sobrevivientes no reconocían el aspecto económico como abusivo. Por el contrario en la Argentina, la estadística de la OVD del último trimestre 2025 registró un 27% de mujeres afectadas por la violencia económica de un total de 3.320 casos, en los cuales los equipos interdisciplinarios evaluaron el riesgo para las personas afectadas. 

 

Ejercicio de la violencia económica 

En el marco de relaciones violentas, el agresor a través de la manipulación y el comportamiento coercitivo genera la dependencia económica en la mujer, con frases tales “yo pago todo o yo lo gestiono” el famoso “no te preocupes”, pero detrás de esto hay un sometimiento de la víctima, para luego pasar a la rendición de cuentas de los gastos hechos por ella, el control de las compras: cuándo y cómo se gasta el dinero, qué se puede comprar, llevar un diario de gastos, justificar cada compra. Llevando este comportamiento a que la mujer a veces, pida dinero prestado, compre lo mínimo, a fin de no generar la ira del agresor. En casos en los que la mujer no trabaja por ejemplo, suele suceder que el agresor sabotee la entrevista laboral y así ella no pueda ir manteniendo de este modo el control economico por sobre ella. Por el contrario, si la mujer estuviera trabajando, hara lo imposible para controlar su sueldo, intentar la renuncia o bien el despido. En parejas con bienes el agresor suele ejercer simulaciones de bienes, fraudes, firmas de documentos con frases tales “firma que no pasa”, “te pongo el bien a tu nombre”, para luego, en algunos casos, generarle a su vez deudas: cuentas que ella no conoce, movimientos de fondos, gastos que no se explican. Sumado al control del uso de la propiedad, como un celular o un coche. 

 

Vemos que la violencia económica puede llegar a exponer a la víctima al endeudamiento, al desempleo, a la falta de vivienda y a la falta de los recursos financieros necesarios para su supervivencia diaria[4].  

El abuso económico además del control sobre ingresos, gastos, cuentas bancarias y préstamos, también puede incluir el control del acceso y el uso de recursos como el transporte y la tecnología, que puedan permitir a la mujer trabajar y mantenerla conectada, así como artículos de primera necesidad como comida y ropa. Puede incluir a su vez, la destrucción de objetos y la negativa por parte del agresor a contribuir a los gastos del hogar. 

La víctima se vuelve como vemos, económicamente dependiente de su pareja abusiva, se le impide desarrollar carreras profesionales, educativas y se le restringe su participación en la toma de decisiones financieras. 

Esta ejercicio de la violencia económica genera diversas consecuencias a corto y largo plazo en su estabilidad y bienestar general, con efectos acentúandose en la víctima, impactando directamente en su salud, con consecuencias adversas, la privación económica puede dificultar que la mujer busque y pueda costear los servicios de salud. Como asimismo Wilcox[5] sostiene que las víctimas también pueden recurrir al alcohol y las drogas para afrontar la violencia o ser incitadas a hacerlo por sus agresores. 

Muchas mujeres estadísticamente experimentan emociones negativas relacionadas con la inseguridad financiera: depresión, ansiedad, estrés, trastorno de estrés postraumático, mala calidad de vida y en casos extremos el suicidio. 

 

El abuso económico y el abuso financiero 

El abuso económico es un tipo de violencia que rara vez se manifiesta de manera aislada y suele ocurrir junto con otras formas de violencias, tales como la física, sexual y psicológica. Estadísticamente el 95% de los casos de violencia doméstica implican violencia económica, siendo esta última no visibilizada por las mujeres desde un primer momento 

La violencia económica es ejercida por el agresor con el fin de crear inestabilidad económica en la víctima y así generar que sea económicamente dependiente limitando en este sentido la libertad de la mujer en todo sentido. Sin tener acceso al dinero ni a las cosas que este puede comprar. La mujer queda así atrapada en la relación con el agresor, incapaz de resistir su control, reforzando la seguridad económica, la seguridad física. 

Surviving Economic Abuse[6] diferencia el abuso económico y el abuso financiero sosteniendo que  implican comportamientos similares, pero distinguen el abuso financiero como una subcategoría del abuso económico. El abuso económico abarca las múltiples maneras en que un abusador puede controlar la situación económica de una persona, incluyendo, por ejemplo, el empleo y la vivienda. En el abuso financiero el agresor controla las finanzas, roba dinero, fuerza a la víctima a endeudarse. En el abuso económico es un abuso financiero que controla otros recursos como la vivienda, la alimentación, el transporte y el empleo. 

 

El impacto de la violencia económica en la mujer 

El impacto que deja la violencia económica dificulta la reconstrucción de la vida de la víctima. Muchas mujeres luego de la separación se quedan sin nada, en la indigencia, sin vivienda, sin dinero ni siquiera para lo esencial, y tienen que empezar de cero. Muchas de ellas quedan con grandes deudas y un historial crediticio deficiente, lo que afecta su estabilidad económica a largo plazo, sin la posibilidad mantener ahorros que les pueda brindar seguridad económica. Esta situación lleva a que muchas de estas mujeres frente a la realidad economica que padecen, muchas de ellas con hijos, se vean obligadas a regresar con el agresor. Por este motivo es que sostengo que la falta de independencia económica en la mujer es uno de los motivos por los cuales las mujeres mantienen relaciones violentas permaneciendo por años y hasta décadas. 

Incluso aquellas víctimas que si logran separarse vemos como el control económico se perpetua a través de los hijos mediante el ejercicio de la violencia vicaria, el control constante del agresor, mediante los procesos legales y la cuota alimentaria, hace que el abuso economico parezca interminable. 

 

Conclusión 

El alcance de las Convenciones y normativas a nivel mundial establecen la incorporación de programas, políticas públicas y prestaciones sociales a fin que las víctimas puedan acceder a programas de apoyo, logren salir de la relación violenta abandonando así al agresor. La justicia debe reconocer la violencia económica como un método de control y coerción y no como un acto ahislado dentro de la violencia doméstica, si bien ambas están marcadas por el género. Vemos como el sistema económico da prioridad y apoyo a los hombres por encima de las mujeres lo que repercute en la desigualdad de género, afectando negativamente a las mujeres, siendo por tal, más propensas en caer en abusos económicos. 

 

Notas

[1] Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, sancionada el 11/3/09; decr.-regl. 1011/10, BO, 20/7/10. Modificada en 2019, publicada en el BO, el 8/5/19 
[2] https://eige.europa.eu/sites/default/files/documents/EIGE_Factsheet_EconomicViolence.pdf
[3] https://survivingeconomicabuse.org
[4] Sharp, N. (2008) ‘What’s yours is mine’ – The different forms of economic abuse and its impact on women and children experiencing domestic violence. 
[5] Wilcox, P. (2006) Surviving domestic violence: Gender, poverty and agency, Palgrave MacMillan, Basingstoke, United Kingdom. 
[6] https://survivingeconomicabuse.org/what-is-economic-abuse/  

 

*Abogada, UBA. Especialista en Derecho de Familia, UBA. Especialista en Violencia Familiar y Abuso Sexual. Docente, UBA. Autora y coautora de publicaciones sobre temas de su especialidad entre países como Italia, España y LATAM. Disertante en Congresos y Seminarios. Ex coordinadora del Refugio de Mujeres y Niños en Situación de Trata con fines de explotación sexual, dependiente del GCABA. Ex letrada patrocinante de mujeres víctimas de violencia familiar de la DGMUJ, de la CABA. Fundadora de Bentivegna Estudio Jurídico. Convocada por medios de comunicación entre países como Italia y LATAM a fin de afrontar y emitir opinión en casos de resonancia de violencia de género y feminismos. 

 

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