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Por Maximiliano Rusconi

 

MINISTERIOS PÚBLICOS: INEFICIENTES… PERO EN LAS CRISIS… ¡PEORES!

La semana pasada expresé que estos días de cuarentena nos limitan ciertas visiones “de campo”, pero, a cambio, nos agudizan la capacidad para realizar diagnósticos más reflexivos y sutiles.
Si nos concentráramos en un paneo institucional, no cabe duda que veríamos a un sector del Estado trabajando mucho, con el ceño fruncido, puños apretados y camisa arrugada. Ese cuadro es visible normalmente en quienes tienen responsabilidad ejecutiva.
La muerte, el dolor, la angustia y la incertidumbre en las crisis golpean directamente la puerta de la oficina principal y no tienen porque aguardar pacientemente.
El Presidente, los Gobernadores, los Intendentes, tienen claro que en esa sala de espera no hay ni un mínimo lugar para la especulación, ni para la vagancia, tampoco se puede jugar a las escondidas y mucho menos mostrar desinterés (tácita o expresamente).
Pero en el momento en el que uno amplía o modifica unos grados el sector hacia donde dirige la mirada, las imágenes, poderosamente preocupante, nos dan varios cachetazos típicos de viejas telenovelas (en donde, por lo menos, a los géneros les iba igual de mal).
En los últimos días me han llamado poderosamente la atención dos, por así decirlo, “sectores”.
En primer lugar, me ha sorprendido (para mal, qué duda cabe) algún representante de la actual oposición, pero ese análisis lo dejo para un nuevo encuentro virtual.
Hoy quiero concentrarme en los Procuradores o Jefes de Fiscales que ejercen la conducción de la totalidad de los Fiscales Nacionales y/o Provinciales.
La imagen, por eso del centralismo rioplatense, me lleva a detenerme un poco más en tres figuras puntualmente: me refiero al Fiscal General de la Ciudad de Buenos Aires, al Procurador General (i) de la Nación y al Procurador de la Provincia de Buenos Aires.
Para alegría o no tanta de estos señores, mi interés por el Ministerio Público tiene una antigüedad de exactamente 30 años. Mi primer trabajo académico sobre la “ubicación institucional del Ministerio Público”, en pleno proceso de reforma procesal en toda, fue publicado en la vieja Revista Doctrina Penal en el año 1990.
Luego, siendo Fiscal General de Política Criminal, viví directamente las maravillosas transformaciones que son posibles desde ese lugar en materia de protección de los derechos humanos, contención de la víctima, protección de los niños, niñas y adolescentes, colaboración en materia de prevención del delito, recuperación del dinero de los delitos de gran impacto económico, potenciación del trabajo de la sociedad civil organizada, y un largo listado de etcéteras.
Por último, en vísperas a avanzar en una justicia que debe transformarse en parte trasladando un porcentaje enorme de la responsabilidad de la persecución e investigación penal a los Fiscales, no parece que haya que explicar las razones por las cuales corremos la cortina, abrimos la ventana y en plena crisis sanitaria dirigimos la mirada inquisidora a averiguar qué hacen los Jefes de los Ministerios Públicos mientras muchos funcionarios con responsabilidades ejecutivas trabajan sin descanso.
El resultado no podría ser más deprimente.
Ese resultado posiblemente explique al Presidente de todos los argentinos, al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires (por mencionar a quienes tienen en sus espaldas el mayor porcentaje del problema) muchas cosas.
Quizá allí se encuentra la razón del todavía mejorable impacto en la conducta de los ciudadanos que ha producido la enorme cantidad de medidas preventivas, de información, de concientización, de amenaza punitiva, de impacto normativo, de control policial con casi todas las fuerzas de seguridad, de coordinación política y gubernamental, de apoyo mediático, que, de modo responsable, inquieto e insistente se han tomado en los últimos 15/20 días.
En primer lugar, hay que explicar que el Ministerio Público no posee la misma organización que los jueces, entre otras razones, porque no tienen las mismas funciones.
El Ministerio Público viene regido por los principios de coherencia institucional, unidad de actuación y verticalismo. Eso significa que no sólo es una facultad, sino que es un deber de los Jefes de esas instituciones el coordinar el trabajo de todos sus fiscales dependientes, a efectos de determinar prioridades de actuación, criterios racionales de selección de casos (principio de oportunidad), presencia en el terreno, colaboración en el desarrollo de estrategias preventivas, etc.
Se trata de reflejar mínimamente la preocupación del Poder Ejecutivo y Legislativo, se trata del control de legalidad de la enorme cantidad de fuerza policial desplegada, se trata de defender los intereses de la sociedad: se trata, en fin, de cumplir los deberes a cargo.
Era el momento del protagonismo de los Fiscales que tienen una función cuyos jefes parecen no comprender. La comunidad ha perdido sin saberlo una oportunidad de saber que, en el plantel de Fiscales nacionales, provinciales y de la ciudad, hay funcionarios, la inmensa mayoría, dispuestos a honrar su función. Sin embargo, esos mismos fiscales, por la nula conducción estratégica y político criminal de sus jefes, han brillado por su ausencia.
Los controles policiales han cumplido y lo vienen haciendo, en general muy bien su función, pero a la hora de definir los trámites de cada caso han sentido que tienen facultades que en verdad no poseen. Hemos visto como en algunos casos hubo cierta energía explicable pero desproporcionada en el cumplimiento del deber de prevención que, por segundos, nos hizo sentir algún escalofrío. Ese matiz, esa sintonía fina no se puede esperar que la defina ni el Presidente ni el Ministro a cargo, en verdad depende del tratamiento de cada caso bajo supervisión de un fiscal cercano al lugar del hecho. Si ello es indispensable en “días normales” es una escandalosa omisión no hacerlo en semejante crisis humanitaria.
Ahora bien, ¿cómo pueden los Procuradores o Fiscales Generales definir esos criterios de actuación? Muy sencillo, una de las más importantes facultades que tienen los jefes de los Ministerios Públicos es dictar instrucciones generales para la coordinación y organización institucional y político criminal de las actuaciones de todos los fiscales.
Sin embargo, en una demostración del lugar donde aprieta el zapato, ya avanzada la crisis, los jefes institucionales del Ministerio Público sólo estaban preocupados por organizar prolijamente la parte vacacional de la pandemia. Ni un renglón vinculado con el problema que se explica aquí.
La actual Ministra de Justicia y Derechos Humanos, ha tenido que enviar sendas comunicaciones para preguntar cuáles eran, ante el tamaño del problema, las medidas de organización y coordinación que se habían tomado a favor de un desempeño más eficaz de cada institución.
La asociación civil “Iniciativa Justicia” puso el problema en evidencia en un comunicado muy contundente.
Sin embargo, por ejemplo, el Procurador de la Provincia si bien instó tardíamente a los miembros del ministerio público a hacer una reevaluación de las medidas de coerción cuando implicaran trato cruel, inhumano o degradante (de modo claramente declarativo e insuficiente), lo hizo luego de años de una actuación que aumentó “exponencialmente la sobrepoblación en cárceles”, como denunciara la Comisión Provincial por la Memoria (CPM).
Pero lo más grave es que se ha tomado el atrevimiento moral de calificar como “desvíos” o “miserias humanas” a los actos de quienes buscan que sus defendidos cumplan la prisión preventiva en el lugar del domicilio. Más allá de que no se entiende como el Procurador de la Provincia de Buenos Aires evalúa que tiene tiempo para ocuparse de las discusiones puntuales sobre la morigeración del encierro (que no es libertad) en cada caso, es muy preocupante que sienta el derecho de calificar de miserable el trabajo de un abogado en busca del resguardo de los derechos de su defendido.
Salvo alguna aparición mediática del Fiscal General de la Ciudad (claramente insuficiente pero que demuestra que el papel omisivo algo le incomodaba), los jefes del Ministerio Público llevan a estas instituciones que debieran ser parte de la solución del problema, a profundizarlo.
¿Cuánto hubiera ayudado al Presidente alguna conferencia de prensa o comunicado anunciando los extremos de las instrucciones generales de actuación de los fiscales durante la pandemia
¿No hubiera sido muy trascendente que exista un porcentaje de fiscales desplegados en los puntos de control conduciendo la actuación estatal frente a delitos de acción pública (justo los que, con crisis o no, les corresponde funcionalmente)?
Se ve que nuestro tejido social e institucional todavía se divide en: funcionarios y ciudadanos serios, otros mezquinos y conspiradores y el resto vagos y temerosos.
Dejo a los investigadores de campo las mediciones correspondientes, pero, por las dudas, no me den el resultado.

 

Fuente: www.identidadcolectiva.com.ar