
La Justicia consideró que la firma dueña de Facebook, WhatsApp e Instagram sacó una ventaja ilegal al obtener información personal.
a Justicia de España resolvió una sentencia que obliga a Meta a pagar 479 millones de euros a prensa digital y agencias de noticias locales, luego de considerar que la compañía obtuvo una ventaja competitiva en el mercado publicitario mediante el uso de datos personales recolectados en Facebook e Instagram. Según la resolución judicial, ese tratamiento de información habría sido contrario al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
El fallo fue dictado por el Juzgado Mercantil número 15 de Madrid, que estableció que Meta debe abonar esa cifra a 87 editoras de prensa digital y agencias agrupadas dentro de la Asociación de Medios de Información (AMI). La decisión también contempla montos específicos para determinadas organizaciones del sector.
Histórico fallo contra meta: el monto de indemnización y alcance de la sentencia
Además del pago global de 479 millones de euros a las editoras incluidas en la acción, la resolución establece otras compensaciones. En particular, ordena a Meta el pago de 2.570.000 euros al Grupo Europa Press y de 13.563 euros a Radio Blanca como parte de la indemnización correspondiente.
Para la Justicia española, la empresa obtuvo una ventaja competitiva significativa en el mercado publicitario local. Según la argumentación incluida en el fallo, esa posición habría sido lograda mediante un tratamiento de datos personales contrario al RGPD, lo que afectó la capacidad de los medios locales para competir en igualdad de condiciones.
El punto central del fallo se refiere al cambio en la base legal del tratamiento de datos personales por parte de la compañía. La sentencia sostiene que, cuando entró en vigencia el Reglamento General de Protección de Datos, Meta sustituyó el consentimiento del usuario por la necesidad de ejecución del contrato para justificar el uso de la información personal en sus plataformas.
El tribunal concluyó que no fue legal la utilización de datos personales para elaborar publicidad comportamental, práctica que habría permitido a la compañía obtener mejor rendimiento económico en el mercado publicitario que sus competidores, quienes sí debían cumplir estrictamente con el RGPD.
La decisión de la Justicia española fue destacada por la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) mediante un comunicado en el que subrayó la relevancia del fallo. Según la entidad, "la sentencia representa un precedente histórico porque reconoce que el modelo de negocio publicitario de Meta, basado durante años en el tratamiento ilícito de datos personales, generó un daño económico directo a los medios digitales que sí estaban obligados a cumplir el RGPD y que no podían competir en igualdad de condiciones".
Desde la perspectiva de ADEPA, "en la práctica, el fallo valida que parte de la caída de ingresos publicitarios del sector no fue solo un fenómeno de mercado, sino el resultado de una ventaja competitiva indebida de la plataforma, lo que fortalece el reclamo de los medios frente a prácticas abusivas y desequilibrios estructurales en el ecosistema digital".
Fuente: IProfesional
https://www.iprofesional.com/legales/443209-meta-contra-las-cuerdas-por-uso-datos-personales-debera-pagar-millonaria-suma