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Uso de IA en el ejercicio de la abogacía: la justicia adopta medidas por la cita de fallos inexistentes

En Morón, la Cámara de Apelación advirtió al letrado. Su par de General Roca declaró inoficiosa la actividad del profesional, por lo que no reguló honorarios.

Frente al uso de la inteligencia artificial como herramienta en la producción jurídica, y la falta de regulación al respecto, la justicia parece empezar a tomar medidas, al encontrarse ante supuestos de utilización errónea por parte de los profesionales intervinientes.

En este caso, se trata de dos supuestos similares, resueltos por la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón, y por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa de General Roca.

Los antecedentes de hecho se asemejan: en ambas causas, se recurrieron las sentencias de primera instancia (en el primer caso sólo lo hizo la parte actora, en el segundo, ambas partes) y se presentaron agravios citando, como es usual, diversos antecedentes jurisprudenciales, incluidas sentencias supuestamente dictadas por los Tribunales del recurso.

También en ambas causas, los camaristas se encontraron con la cita textual de fallos que no pudieron ser hallados en las bases de datos de los respectivos poderes locales, por lo que concluyeron que tales citas derivaban, posiblemente, del uso de inteligencia artificial en la confección de sus escritos.

Frente a tal situación, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón, luego de detallar las características que debe tener toda expresión de agravios para no declararse desierto el recurso, y de destacar que la presentación recursiva del profesional de la actora estaba construida prácticamente en base a citas de fallos, resaltó que casi la totalidad del agravio se apoyaba en un caso del propio tribunal que no pudo ser hallado.

Aunque no fue el único fundamento por el cual los magistrados declararon desierto el recurso (dado que consideraron al mismo insuficiente por diversas razones), el camarista Gabriel H. Quadri –a cuyo voto adhirió la jueza Liliana G. Ludueña- puso especial atención al uso indebido de la IA, y aunque destacó que no comparte la idea de imponer sanciones por tal motivo, resulta necesario tomar ciertas medidas.

En ese entendimiento, se resolvió poner en conocimiento del letrado lo sucedido, e indicar que deberá revisar y chequear que la información citada responda a fuentes inexistentes.

Además, se dispuso comunicar la decisión al Colegio de Abogados departamental, solicitando que proceda a difundir entre sus matriculados, la importancia de verificar las citas empleadas.

Por su parte, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa de General Roca consideró grave el uso de las herramientas de la IA sin control responsable, tomó medidas similares tanto respecto de la demandada como de la actora (por la cita de 6 y 20 fallos inexistentes, respectivamente) y aclaró que si bien no aplicaría sanciones a los letrados, debía considerarse inoficiosa su actuación en la instancia (la que consideró de nula o escasa utilidad), por lo que no correspondía regularles honorarios.

 

Por: María Lucía Martínez

Fuente: Palabras del Derecho
https://www.palabrasdelderecho.com.ar/articulo/6253/Uso-de-IA-en-el-ejercicio-de-la-abogacia-la-justicia-adopta-medidas-por-la-cita-de-fallos-inexistentes