
A partir de noviembre, los escritos de demandas y sus contestaciones no podrán exceder las 40 páginas, con un formato de 26 renglones por página y una tipografía legible de al menos 12 puntos.
Esta medida busca optimizar los tiempos procesales y mejorar la respuesta del sistema judicial, promoviendo un modelo de litigación digital que deje atrás prácticas obsoletas.
El cambio se enmarca en una política de despapelización y gestión estratégica de datos que el Poder Judicial viene impulsando desde hace años, con iniciativas como el “Inicio Electrónico de Demandas” y la “Presentación Electrónica de Escritos”.
Según lo dispuesto, los escritos que no cumplan con estos requisitos serán intimados a corregirse en un plazo de dos días hábiles. De no subsanarse, se considerarán no presentados y serán devueltos sin más trámite.
Además, se reforzaron las pautas para la presentación de prueba documental en formato digital, exigiendo que los profesionales detallen claramente los elementos probatorios ofrecidos, los cuales serán requeridos por los jueces en la etapa procesal correspondiente.
“Este avance requiere un esfuerzo colectivo de jueces, funcionarios, abogados y peritos para adaptarnos a un nuevo modelo de trabajo que priorice la agilidad y la claridad en los procesos judiciales”, destacó la Corte en su comunicado.
Claves de la nueva normativa:
• Máximo de 40 páginas por escrito, con 26 renglones y letra de tamaño 12 o superior.
• Escritos que no cumplan serán intimados a corrección, con riesgo de devolución.
• Se promueve la presentación digital de pruebas, con descripción precisa de los elementos.
Fuente: Diario Judicial
https://www.diariojudicial.com/news-101958-demandas-de-no-mas-de-40-paginas