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El Tribunal de Casación Penal apartó a una fiscal por su “actuación desleal” en un juicio por jurados

 

Con fundamento en el principio de lealtad procesal, el tribunal entendió que la actuación de la fiscal -al incorporar testimonios que solo referían a antecedentes penales del acusado- puso en riesgo la garantía de un juicio justo. El fallo resaltó además que la existencia de un juez garante no exime a la fiscalía de su deber de actuar éticamente.

La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires, integrada por los jueces Carral y Maidana, casó la resolución dictada por la Cámara de Apelación y Garantías y aceptó la recusación planteada por la defensa de Suárez, imputado en una causa de abuso sexual que será nuevamente juzgada bajo el procedimiento de juicio por jurados.

El conflicto tuvo origen cuando Casación anuló un veredicto condenatorio dictado por un jurado popular, al advertir que la fiscalía de juicio no había respetado las garantías del imputado, introduciendo prueba prohibida que llevó al jurado a deliberar sobre elementos que nunca debieron formar parte del proceso. En concreto, la fiscal -con autorización del juez- incorporó testimonios que no buscaban aportar datos sobre los hechos juzgados, pero sí referían a antecedentes penales del acusado, cuestión que está expresamente vedada en los juicios por jurados.

Al reanudarse las audiencias preliminares del nuevo debate, la defensa solicitó la recusación de la fiscal. Argumentó que, tras el fallo de Casación que había cuestionado su conducta, la misma funcionaria intervino en otro juicio y reiteró las mismas prácticas objetadas en el primer debate de Suárez. Incluso llegó a manifestar abiertamente su desacuerdo con la decisión de Casación, insistiendo en utilizar sus métodos litigantes con tal de obtener un veredicto condenatorio. Para la defensa, esa actitud demostraba un “temor fundado” de que en el nuevo debate se repitiera la conducta de la acusadora, lo que conduciría ineludiblemente a un nuevo juicio nulo. 

El juez de primera instancia rechazó el planteo y la Cámara de Apelación confirmó esa decisión, al considerar que los argumentos de la defensa no bastaban para demostrar la pérdida de objetividad de la fiscal, sobre todo porque la actitud de la Fiscal había sido respaldada por el Juez que presidió el debate (quién tiene en su cabeza el contralor de las garantías constitucionales). Sin embargo, la defensa impugnó la resolución nuevamente y el caso llegó al Tribunal de Casación Penal.

En su fallo, Casación revirtió el criterio, apartó a la fiscal y sentó un precedente significativo sobre el principio de lealtad procesal y ética profesional en el juicio por jurados. 

En primer lugar, sostuvo que la causal de remoción estaba justificada porque la fiscal nunca reconoció su actuación irregular en el juicio anterior ni reflexionó sobre las consecuencias que motivaron su nulidad. Por el contrario, con el temperamento adoptado en el caso análogo, se había evidenciado su  “desapego a las reglas del juicio por jurados”, lo que la invalidaba para volver a conocer en el caso de Suarez. 

En segundo lugar, cuestionó duramente a la Cámara de Apelaciones por no dimensionar la relevancia del “juego limpio” en los juicios por jurados, destacando que:

“la decisión del jurado se tiene que basar exclusivamente en la prueba válida y pertinente para probar o refutar el hecho atribuido al acusado, excluyendo aquella que pueda condicionar indebidamente su decisión y que si bien ese control recae sobre los jueces, para lograr aquel objetivo es importante que cada parte se atenga a las reglas de la litigación, las conozca y comprenda a fin de lograr un juicio limpio, transparente donde el jurado no se vea expuesto a información de baja o mala calidad” .

En efecto, señaló que la existencia de un juez garante de las garantías en el debate no exime a la fiscalía de su deber de actuar éticamente, y en base al principio de lealtad procesal, para resguardar el debido proceso penal. 

Finalmente, a modo de reflexión, el Tribunal resaltó la necesidad de reforzar las normas éticas que regulen la actuación de fiscales y defensores, e incluso de avanzar en la elaboración de reglas de conducta profesional específicas, semejantes a los códigos de ética judicial que existen en otros sistemas comparados.

 

Acceda a la sentencia aquí>>

 

Por: Camila Senegaglia

Fuente: Palabras del Derecho
https://www.palabrasdelderecho.com.ar/articulo/6176/El-Tribunal-de-Casacion-Penal-aparto-a-una-fiscal-por-su-actuacion-desleal-en-un-juicio-por-jurados